Obligación de comunicación telemática con la Inspección de Trabajo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 31 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

El Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ha lanzado una campaña informativa dirigida a mejorar la forma en que se realizan las notificaciones electrónicas a las empresas.

Esta campaña informa a las empresas que ostentan la forma de personalidad jurídica de la obligación que tienen de relacionarse electrónicamente con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y de la conveniencia de comunicar una dirección de correo electrónico al Organismo Estatal, (con el fin de que esta pueda avisarles que les han enviado una notificación).

Cuando la Inspección realiza una notificación electrónica, envía al destinatario un aviso de que esta notificación está disponible en la dirección electrónica habilitada única (DEHU), ahora bien, para realizar el aviso debe de haberse registrado previamente una dirección de correo electrónico.

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