Desde el lunes 3 de diciembre la AEAT puedes llevar a cabo la solicitud de las cantidades derivadas de la exención de las prestaciones por maternidad (extensible a las prestaciones por paternidad) tras la sentencia dictada por el Supremo en fecha de 3 de octubre de 2018.
Se podrán solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiera incluido tales rentas para los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 (ejercicios no prescritos). Si las rentas fueron percibidas en más de un año, hay que solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.
Si necesitas que solicitemos ahora tu rectificación de tus declaraciones de IRPF para los 2014 y 2015 puedes llamarnos y nosotros nos encargamos de realizar todos tus trámites.
En enero de 2019 también se podrá solicitar la rectificación de las declaraciones de los años 2016 y 2017.